Tras una amplia trayectoria como abogado penalista, he tenido la fortuna de ayudar de la manera más profesional a todos mis clientes, ofreciéndoles el asesoramiento más completo y eficaz en todos los ámbitos. Uno de los más extensos es, sin duda, el Derecho Penal. Por eso, me gustaría utilizar el siguiente artículo para explicaros un poco más detenidamente uno de sus aspectos más reconocibles: el juicio de faltas.

El juicio de faltas será un proceso enclavado en el Derecho Penal bastante sencillo y rápido, en el que se realizará un enjuiciamiento de hechos que revistan poca gravedad y que serán constitutivos de una falta penal.

Gracias a mi experiencia como abogado penalista, puedo confirmarte que se tratará de un procedimiento meramente oral y que, como normal general, estará compuesto de un solo acto donde se relatarán los hechos, se presentarán las pruebas y se expondrán las conclusiones a la espera de un fallo o sentencia.

Aunque no resulta obligatoria, siempre es recomendable contar con el asesoramiento de un abogado durante este procedimiento. Del mismo modo, tampoco será necesaria la intervención de un procurador.

A la vez que este proceso penal, es posible que se abra una acción civil en la que se pida responsabilidad o indemnización por daños y perjuicios. Además, es importante señalar que la ausencia del inculpado no supondrá una suspensión del juicio, siempre y cuando se hayan cumplido los requisitos para su debida citación.

La sentencia podrá ser recurrida ante el mismo juzgado en los siguientes cinco días a su notificación. La nueva resolución tras el recurso ya no podrá recurrirse y se dará por cerrado el proceso. En el despacho de Gallego Rol te atenderemos de la forma más profesional, brindándote un asesoramiento completo y eficaz.