Debido al incremento en la popularidad del uso de teléfonos inteligentes y redes sociales, un tema que cada vez gana más notoriedad y relevancia ante cualquier abogado penalista en Getafe son los delitos relativos al derecho a la intimidad y el honor, especialmente los relacionados con la difusión de vídeos de carácter sexual.
Ya son varios los casos que han llegado a los medios, lo que hace que este tipo de delitos estén en la boca de todo el mundo y nos lleven a preguntarnos si difundir un vídeo privado puede ser delito. Cualquier abogado penalista en Getafe sabrá reconocer que difundir contenido privado sin el consentimiento de la persona afectada es un delito recogido en el capítulo primero del título X del código penal, donde se recogen los "delitos contra la intimidad, el derecho a la propia imagen y la inviolabilidad del domicilio".
Las penas totales aplicables por cometer este delito dependerán del contexto (si quien lo ha difundido era alguien allegado a la víctima, por ejemplo) y de si se han cometido otros delitos (amenazas, acoso, etc.), pero por norma general van de los tres meses al año de cárcel solo por el hecho de compartir.
Si has sido víctima de la difusión sin tu consentimiento de vídeos de carácter privado, tienes que saber que la denuncia por tu parte es fundamental para que se pueda perseguir un delito contra la intimidad, según contempla la reforma del código penal del 2016. Solo se podrá perseguir el delito sin la denuncia de la víctima "cuando esta sea menor de edad, se encuentre en una situación de vulnerabilidad o afecte a una pluralidad de personas".
En Abogado Gallego Rol tenemos al mejor equipo a tu servicio para defenderte a ti y a los tuyos ante este tipo de delitos. Contacta con nosotros.