A
menudo, quienes trabajamos en cualquier despacho
de abogados de Getafe, no somos conscientes de que utilizamos palabras y
conceptos cuyo significado no es conocido para personas ajenas al mundo del
derecho. Interdicto, prisión menor, reclusión, habeas corpus… son conceptos,
para nosotros habituales pero que nada le dicen a la gran mayoría de nuestros
clientes.
Uno de estos conceptos es el de las costas procesales. No es extraño que en el
texto de una sentencia judicial se haga referencia a las costas del proceso
obligando a una de las partes a abonarlas o declarándolas de oficio. Vamos a tratar
de explicar concisamente en qué consisten las costas de un proceso judicial.
Llevar un caso ante los tribunales, en cualquiera de sus ámbitos (civil, penal,
administrativo…) genera una serie de gastos para las partes implicadas. Es
necesario contar con los servicios de un despacho
de abogados de Getafe, pero también con un procurador y, con frecuencia es
necesario contar con peritos acreditados o con la intervención de notarios, hay
que abonar las certificaciones solicitadas, los edictos publicados…
En principio, cada una de las partes implicadas en el proceso debe ir abonando
los gastos derivados de la defensa de sus intereses, pero en el caso de recibir
una sentencia favorable, esos gastos pueden suponer un desembolso demasiado importante.
Por eso, en las conclusiones finales, muchos abogados solicitan que, si el juez
pronuncia una sentencia condenatoria para la otra parte, le obligue también a
hacerse cargo de los gastos habidos durante el proceso.
El juez puede entonces decretar la condena costas a una de las partes para que
se haga cargo de los gastos ocasionados por la otra parte a lo largo de todo el
procedimiento.
En el despacho del Abogado Gallego Rol
encontrarás respuesta legal para todas las cuestiones que quieras plantear.
¿Qué se entiende por costas procesales?
13/08/201613 de Agosto de 2016
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