Un abogado de divorcios en Getafe puede explicarte también cómo debes actuar para reclamar tus bienes cuando ocurre una defunción sin testamento. El testamento no es obligatorio para que aquellas personas que la ley establece como beneficiarias reciban una herencia.

Cuando alguien fallece sin testar, existen una serie de requisitos legales para poder tramitar la herencia. Lo primero que debes hacer es solicitar el certificado literal de defunción. Este certificado te lo otorga el Registro Civil de donde existió la defunción, en él te acredita la muerte de la persona. Es necesario para emprender todos los trámites que se necesitan, como puede ser la aceptación de herencia.

Seguidamente, después de 15 días del fallecimiento, debes requerir el certificado de las últimas voluntades y los seguros de vida, si estos existieran. Cuando obtengas el certificado de las últimas voluntades, sabrás si el fallecido ha dispuesto testamento o no. Si no existiera testamento, debes abordar un recurso de declaración de herederos "ab intestato". Este procedimiento se tramita por vía notarial, un abogado de divorcios en Getafe puede iniciar este proceso. Lo pueden solicitar las personas que creen que tienen derecho a heredar. Para ello, escogeremos el notario que se encuentre en alguno de los siguientes supuestos: en el lugar de su residencia habitual, donde tuviera su patrimonio o donde hubiera existido la defunción, siempre, en este último supuesto, que fuera en España.

Cuando el notario te haya declarado como heredero podrás iniciar los trámites establecidos en una herencia. Es importante tener en cuenta los impuestos, para poder recibir una herencia antes es necesario liquidar los que afectan a la misma. Muchas personas deben renunciar la herencia por no poder hacer frente a los pagos que supone.

Es aconsejable en los casos de herencia asesorarte por un abogado especialista como Abogado Gallego Rol. Nos aseguraremos de que todo el proceso se realice correctamente para así evitar disgustos posteriores.