Si has recibido una herencia recientemente y tienes dudas sobre lo que debes hacer, has de saber que el primer paso a dar es ponerse en contacto con un despacho de abogados en Getafe

Los expertos de un despacho de abogados en Getafe te asesorarán y resolverán todas las dudas que surgen en un momento tan delicado y lleno de incógnitas. En este post intentaremos aclarar un poco un terreno lleno de claroscuros y que no todo el mundo tiene presente: ¿cómo se dividen las herencias?

El Código Civil marca cómo ha de dividirse una herencia y se puede hablar de tres partes fundamentales:

- El tercio de legítima. Una parte que corresponde a los hijos reconocidos. El reparto siempre será equitativo y las leyes no permiten, hoy en día, desheredar a un hijo, a no ser que haya una causa de fuerza mayor. En el supuesto de que alguno de esos hijos haya fallecido, pasará a sus descendientes.

- El tercio de mejora. Se trata de una parte con la que se puede beneficiar a unos descendientes en detrimento de otros. Es un reparto libre, no equitativo ni igualitario, y se basa en la existencia de un testamento que lo verifique previamente. De no ser así, pasaría a ser un reparto igualitario, del mismo modo que el tercio de legítima.

- El tercio de libre disposición. Una parte que se puede asignar a cualquier persona física o jurídica sin necesidad de que haya parentesco sanguíneo. Al igual que el anterior, se basa en la existencia de un testamento previo en el que se refleje la voluntad de la persona que ha fallecido de asignar esta parte a terceros.

En Gallego Rol, J. somos expertos abogados penalistas. Contáctanos ante cualquier duda sobre herencias, tanto si la has recibido como si estás pensando en dejar testamento. Te asesoraremos.